Micelio

Artículo 14

Decreto 323 de 1963 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 1709 orgánico del Fondo Rotatorio Judicial, y se modifica el Decreto 2404 de 1955

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo catorce. Son funciones del Gerente

a)

Elaborar los planes de inversión que requiera el Fondo para el cumplimiento de sus finalidades;

b)

Determinar las necesidades y el costo de los elementos o mercancías que el Fondo deba adquirir para la ejecución de sus planes, y someter el proyecto a la aprobación de la Junta Directiva;

c)

Autorizar la venta de bienes del Fondo, o la compra de elementos para el mismo hasta por la suma de $40.000.00.

d)

Gestionar y obtener crédito bancario o de otra índole para el Fondo, hasta por la suma de $100.000.00

e)

Proponer al Ministro de Justicia el nombramiento y remoción del personal al servicio del Fondo,

f)

Visitar las sucursales, agencias y expendios del Fondo para inspeccionar su funcionamiento, comprobar los resultados de su actividad, e informar a la Junta Directiva;

g)

Ejercer la representación del Fondo Rotatorio en todos los actos y negocios de éste;

h)

Celebrar los contratos que tiendan a llenar los fines del Fondo, de acuerdo con lo dispuesto en estos estatutos.

i)

Cuidar de los bienes del Fondo y de sus inversiones;

j)

Ejercer las funciones que le delegue la Junta directiva;

k)

Velar por el estricto cumplimiento de los deberes de cada uno de los empleados, a los cuales podrá imponer sanciones disciplinarias por medio de Resolución;

l)

Conceder con las debidas garantías, préstamos personales a los afiliados del Fondo, cuya cuantía no excederá de $10.000.00;

m)

Proponer a la Junta Directiva préstamos personales a los afiliados del Fondo con destino a la construcción de viviendas.

n)

Las demás que le señale la Junta Directiva.

Parágrafo

Cuando se trate del suministro o provisión de víveres con destino a los Establecimientos Penitenciarios, carcelarios, y de Menores, el Gerente podrá efectuar dichas operaciones, cualquiera que sea la cuantía de ellas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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