Artículo primero. Para los fines indicados en el artículo 59 del Decreto legislativo número 2931 de 1955, destinase en el presente año la suma de trescientos mil pesos ($ 300.000.00) moneda corriente, que se entregará a la Jefatura Civil y Militar de Cunday, previo el lleno de las formalidades legales correspondientes.
Decreto 1008 de 1956 →Vigente
Artículo 59
Del Decreto Legislativo Número 2931 De 1955, Destinase En El Presente Año La Suma De Trescientos Mil Pesos ($ 300
Decreto 1008 de 1956 · Por el cual se destina una partida, se dicta una disposición y se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.