º . Liberación de las contragarantías de créditos asumidos. A partir de la fecha de firma del contrato de que trata el artículo 3º del presente decreto, se liberan las contragarantías constituidas por el Instituto de Fomento Industrial, IFI, a favor de la Nación, en virtud de las garantías otorgadas a la deuda pública externa mencionadas en el artículo 1º del presente decreto. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Instituto de Fomento Industrial, IFI, adelantarán las gestiones necesarias para que los activos otorgados como contragarantía sean restituidos al Instituto de Fomento Industrial, IFI, libres de todo gravamen.
Decreto 1450 de 2003 →Vigente
Artículo 6
Decreto 1450 de 2003 · por el cual la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público - asume deudas a cargo del Instituto de Fomento Industrial, IFI, a cambio de acciones y activos de su propiedad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.