°. Gratuidad de la conciliación por centros de conciliación y conciliadores. Los centros de conciliación de entidades públicas y consultorios jurídicos de las facultades de derecho, así como sus conciliadores abogados, estudiantes y judicantes, realizarán sus labores y funciones de manera gratuita. En ningún caso se les podrán trasladar cargas o costos a los usuarios en los trámites de conciliación.
Los centros de conciliación de las entidades públicas y los consultorios jurídicos de las facultades de derecho, así como sus conciliadores abogados, estudiantes y judicantes, deberán atender con prioridad a las personas a las que se refiere el
del artículo 22 del presente decreto.