Micelio

Artículo 9

En Ningún Caso, La Remuneración Total De Un Docente Universitario Podrá Exceder La Que Corresponda Al Rector De La Universidad Por Concepto De Asignación Básica Y Gastos De Representación

Decreto 455 de 1984 · Por el cual se establece el régimen de remuneración para el personal docente de nivel universitario de la Universidad Pedagógica Nacional y se díctan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En ningún caso, la remuneración total de un docente universitario podrá exceder la que corresponda al Rector de la Universidad por concepto de asignación básica y gastos de representación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 455 de 1984