Micelio

Artículo 19

Ley 49 de 1983 · Por la cual se constituyen las Juntas Administradoras Seccionales de Deportes, se reorganizan las Juntas Municipales de Deportes y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El patrimonio de las Juntas Municipales de Deportes estará constituido por los auxilios o participaciones que le suministre la Junta Administradora Seccional; por los impuestos o auxilios que se decreten en su favor; por los demás ingresos que reciban a cualquier título y por el producto de la explotación de sus propios bienes o de aquellos que reciba en administración.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 49 de 1983