Reglamento de uso del suelo. La fijación o variación de la reglamentación de usos del suelo, si para ello fueren competentes las autoridades locales, por asignación legal de competencias, se hará con sujeción a los criterios y orientaciones generales establecidos en los planes de desarrollo de las Corporaciones Autónomas Regionales, de los Departamentos o de las Áreas Metropolitanas. IV. DISPOSICIONES VARIAS
Decreto 1306 de 1980 →Vigente
Artículo 13
Reglamento De Uso Del Suelo
Decreto 1306 de 1980 · Por el cual se reglamenta el artículo 3º de la Ley 61 de 1978 sobre planes integrales de desarrollo, y el artículo 9º de la ley 30 de 1969
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.