Micelio

Artículo 2.5.2.2.3.6

Planes De Prevención

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Planes de prevención. El Ministerio del Interior coordinará con la Comisión Nacional y el respectivo Gobernador departamental con el Comité Local, según sea el caso, el diseño y funcionamiento de planes de prevención sobre Pueblos Indígenas en Aislamiento. Estos planes contendrán un diagnóstico, la manera en que se llevará a cabo la coordinación interinstitucional de acuerdo con los determinantes sociales identificados y las medidas de prevención, monitoreo y control priorizadas, entre otros, de conformidad con las competencias de las entidades públicas intervinientes.

Dichos planes se actualizarán cada año y se evaluarán como mínimo cada 2 años o cuando la Comisión Nacional o los Comités locales lo consideren pertinente.

Parágrafo

El componente de salud de los planes de prevención a favor de los Pueblos Indígenas en Aislamiento será incluido en los Planes Territoriales de Salud y contendrá acciones preventivas en materia de salud, establecidas en coordinación con el Comité Local.

Los planes de prevención a favor de los Pueblos Indígenas en Aislamiento incluirán medidas específicas diferenciales encaminadas a optimizar las labores de vigilancia de salud pública y la contención y prevención de enfermedades trasmisibles de alta patogenicidad, virulencia y letalidad en las comunidades colindantes a las zonas donde se identifique o presuma presencia de Pueblos Indígenas en Aislamiento, con el fin de establecer un cordón de protección sanitaria. En todo caso, dichas medidas incorporarán las acciones que se determinen a partir de los sistemas de conocimiento de los pueblos indígenas colindantes.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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