Micelio

Artículo 3

Ley 23 de 1924 · por la cual se ordena la construcción de un edificio en la ciudad de Medellín y se dispone la entrega al Municipio de Cartagena de los doscientos mil pesos en bonos de deuda interna votados por las Leyes 27 de 1929, 25 de 1921 y 33 de 1923

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los doscientos mil pesos en bonos colombianos de deuda interna votados por la Ley 33 de 1923 , en cumplimiento de las Leyes 27 de 1920 y 25 de 1921, para el acueducto de Cartagena, y que se encuentren en poder de la Junta respectiva, se entregaran por esta Junta a la Tesorería del Municipio de Cartagena para los requeridos por el contrato celebrado entre el Municipio y la Cartagena (Colombia) Waterworks, Ltd., y los intereses devengados y los que se devenguen en lo sucesivo, ingresaran a la dicha Tesorería Municipal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 23 de 1924