Artículo único. Asígnase para gastos de material de la Administracion subalterna de Hacienda nacional de que se trata, la cantidad de treinta i seis pesos anuales, desde el 1.° de setiembre del corriente año. Este gasto se imputará al Presupuesto de la vijencia en curso, Departamento de Correos, capítulo 2,° artículo 3.°
Decreto 609 de 1875 →Vigente
Artículo 3
Dado En Bogotá, A 13 De Diciembre De 1875
Decreto 609 de 1875 · Por el cual se asigna una suma anual para gastos de material de la Administración subalterna de Hacienda nacional en Jirón
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.