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Artículo 1

Decláranse De Reserva Especial Los Yacimientos De Uranio, Torio, Radium, Potacio Y Demás Sustancias Naturales Cuya Desintegración Sea Fuente De Energía Atómica, Ubicados En Las Zonas Que Se Describen A Continuación: Zona Nororiental U - 1: Circunscrita Entre Los Siguientes Vértices: Centro De Las Poblaciones: Desembocadura Río Buriticá En El Mar Caribe

Decreto 137 de 1975 · Por el cual se declaran de reserva especial unos yacimientos de minerales radioactivos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Decláranse de reserva especial los yacimientos de uranio, torio, radium, potacio y demás sustancias naturales cuya desintegración sea fuente de energía atómica, ubicados en las zonas que se describen a continuación: Zona Nororiental U - 1: Circunscrita entre los siguientes vértices: Centro de las poblaciones: Desembocadura río Buriticá En el mar caribe. Caribe. Vértice A) Y = 1.737.300 Y = 1.033.900 Copey. Vértice B) X = 1.614.100 Y = 10.120.700 Norosi. Vértice C) X = 1.434.700 Y = 1.004.300 San Alberto. Vértice D) X = 1.348.950 Y = 1.076.300 Chiquinquirá. Vértice E) X = 1.113.000 Y = 1.029.000 Viracachá. Vértice F) X = 1.093.000 Y = 1.086.500 Vértice Cobaría No. 1125. Vértice G) X = 1.254.442 Y = 1.207.652 (Frontera con Venezuela) Del vértice G se continua por los límites de la frontera Colombo-Venezolana hasta el Hito Internacional de Castilletes, de allí por la costa de la Península de la Guajira en el mar Caribe para llegar nuevamente a la desembocadura del río Buriticá en el mar Caribe. b) Zona Sierra de la Macarena U - 2: Circunscrita por los siguientes vértices: San Juan de Arama. Vértice A) X = 871.495 Y = 1.026.700 La Ilusión. Vértice B) X = 829.450 Y = 878.000 La Macarena. Vértice C) X = 720.820 Y = 1.016.200 Punto en el río Guayabero. Vértice D) X = 742.800 Y = 1.052.000 c) Zona Sur-Occidental U - 3 Circunscrita por los siguientes vértices: Centro de las poblaciones: Santa Rosa de Sucumbios. (Limite con el Ecuador. Vértice A) X = 531.100 Y = 664.200 Florencia. Vértice B) X = 675.000 Y = 828.100 Neiva. Vértice C) X = 815.800 Y = 865.650 Colombia. Vértice D) X = 867.500 Y = 916.500 Inspección de Policía de Chiles. Vértice H) X = 581.630 Y = 914.430 De este vértice por toda la frontera Colombo-Ecuatoriana hasta el centro de la población de Santa Rosa de Sucumbios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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