Micelio

Artículo 35

Los Ahorros De Los Reos Que Mueren Sin Haberlos Recibido Se Entregaran A Sus Mujeres E Hijos Menores Que Estén Establecidos En La Colonia; Y Si En Ella No Tuvieren Familia, Se Entregarán A Sus Herederos

Decreto 347 de 1919 · Por el cual se reglamenta la Colonia Penal del Meta

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los ahorros de los reos que mueren sin haberlos recibido se entregaran a sus mujeres e hijos menores que estén establecidos en la Colonia; y si en ella no tuvieren familia, se entregarán a sus herederos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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