Micelio

Artículo 1

Ley 229 de 1938 · Por la cual se fijan algunos gravámenes aduaneros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créanse en la Tarifa de Aduanas los siguientes numerales:

Numeral 460-d. Tapas de hojalata, denominadas corona, con discos de corcho, caucho, aluminio, cartón o materias ordinarias semejantes en bruto, galvanizadas, estañadas, bronceadas, pintadas, esmaltadas, sin leyenda ni alegorías litografiadas o impresas, o en cualquier forma.

Numeral 406-e. Los mismos artículos expresados en el numeral anterior con leyendas o alegorías litografiadas, grabadas, impresas o en cualquier otra forma a un solo color. Gravamen por

Numeral 406-f. Los mismos artículos especificados en el numeral inmediatamente anterior a dos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 229 de 1938