Prohibición de expedir copias. Durante el sumario ninguna persona puede pedir copias auténticas e informales de las diligencias practicadas, salvo que las solicite autoridad competente para investigar y conocer de procesos judiciales, administrativos o disciplinarios.
El funcionario o empleado que autorice o expida copias del sumario, fuera de los casos antes señalados, y la persona a quien se destinen, incurrirán en multa de quinientos a tres mil pesos Impuesta por el respectivo superior, sin perjuicio del proceso disciplinario a que hubiere lugar.