Decreto 600 de 1882 · Sobre la primera liquidación de los presupuestos nacionales de rentas y gastos para la vigencia económica de 1882 a 1883
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 5.° Las oficinas recaudadoras y pagadoras verificaran en sus cuentas las modificaciones que provengan de la nomenclatura que resulte de la liquidacion a que se refiere el artículo anterior con referencia a los capítulos, artículos y
Parágrafo
s que afectan el Presupuesto de Gastos.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.