Manifestaciones de intención. El Comité de Prácticas Comerciales evaluará los casos en que los productores o los exportadores del producto objeto de investigación, ofrezcan a través del Incomex, porque éste lo proponga o por iniciativa de las partes, revisar los precios de exportación o poner fin a las exportaciones a precios de dumping a Colombia, según el caso, en medida tal que se supriman los efectos perjudiciales resultantes. El Incomex sólo recibirá manifestaciones de intención durante los 2 meses siguientes a la fecha de la publicación de la resolución que contiene la determinación preliminar. Los aumentos de precios estipulados en dichos compromisos no serán superiores a lo necesario para compensar el margen de dumping . No se considerarán los ofrecimientos que no incluyan el suministro de la información y la autorización de realizar las verificaciones que la autoridad investigadora considere necesarias para constatar que se cumplan, o aquellos que ofrezcan limitaciones cuantitativas. El Ministerio de Comercio Exterior, por recomendación del Comité de Prácticas Comerciales previa evaluación del Incomex, podrá sugerir manifestaciones de intención, pero no se obligará a ningún exportador a aceptarlas. El hecho de que un exportador no ofrezca tales manifestaciones o no acepte la invitación a hacerlas no prejuzgará en modo alguno el examen del asunto, sin embargo, las autoridades tendrán la libertad de determinar que es más probable que una amenaza de daño llegue a materializarse, si continúan las importaciones objeto de dumping .
Decreto 991 de 1998 →Vigente
Artículo 30
Manifestaciones De Intención
Decreto 991 de 1998 · por el cual se regula la aplicación de derechos “antidumping”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.