Artículo primero. La Intendencia dará a sus Municipios y Corregimientos una participación en las rentas de carácter nacional, así: El 30% sobre las de licores monopolizados, cervezas y consumo de tabaco, y El 20% sobre las demás ordinarias.
Decreto 710 de 1964 →Vigente
Artículo 7
Decreto 710 de 1964 · Por el cual se aprueban, con modificaciones, los Acuerdos números 1 y 2 de 1964 (febrero 4), originarios del honorable Consejo Intendencial de Arauca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.