Artículo tercero. Por el Ministerio de Fomento se procederá a proyectas y proponer las traslaciones presupuestales que demanden el reajuste de las apropiaciones correspondientes a artículos que en virtud de la organización dada por el Decreto 2236 ya citado, resulten insuficientes para atender a las necesidades de tales servicios, y el Ministerio de Hacienda deberá darles inmediatamente la tramitación legal respectiva.
Decreto 2299 de 1951 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2299 de 1951 · Por el cual se dictan unas medidas sobre ejecución presupuestal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.