º. El funcionamiento del Fondo Prestacional Especial se regirá por las cláusulas del convenio ya mencionado suscrito entre la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Superintendencia Bancaria, Fondo de Garantías de Instituciones Financieras y la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en este Decreto y por las modificaciones que se hagan a dicho convenio.
Decreto 2356 de 1995 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 2356 de 1995 · por el cual se constituye un Fondo Prestacional Especial en la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.