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Artículo 27

Subdirección Administrativa Y Financiera

Decreto 219 de 2004 · por el cual se modifica la estructura de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección Administrativa y Financiera . Corresponde a la Subdirección Administrativa y Financiera cumplir las siguientes funciones

1.

Proponer las políticas, planes, programas y estrategias relacionadas con la administración de los recursos financieros.

2.

Preparar y elaborar junto con la Oficina Asesora de Planeación el anteproyecto de presupuesto y controlar la ejecución del mismo.

3.

Diseñar y mantener actualizadas las normas, sistemas y procedimientos del orden financiero, administrativo y de personal.

4.

Diseñar la reglamentación interna sobre la gestión y control institucional relativa al proceso de recaudo de los aportes provenientes de la Ley 21 de 1982 y de los ingresos corrientes.

5.

Regular las disposiciones internas sobre rendición periódica de cuentas.

6.

Preparar y controlar el Programa Anual Mensualizado de Caja.

7.

Elaborar en coordinación con las demás dependencias el plan anual de compras.

8.

Efectuar los traslados de fondos de la sede nacional a las Direcciones Territoriales.

9.

Velar porque los ingresos y egresos de fondos se efectúen bajo las normas y procedimientos de carácter legal, presupuestal y fiscal vigentes.

10.

Controlar la apertura, manejo y cierre de cuentas destinadas al manejo de fondos y fijar los procedimientos para su registro y manejo.

11.

Coordinar con la Dirección Nacional la conformación y manejo del portafolio de inversiones de la Escuela Superior de Administración Pública, ESAP, realizando las inversiones que permitan mantener los grados de rentabilidad y seguridad esperados.

12.

Establecer políticas de administración y control financiero inherentes a los convenios y contratos que suscribe la Escuela en el ámbito nacional e internacional.

13.

Preparar, establecer y garantizar la aplicación de normas y procedimientos sobre ingreso y desarrollo del talento humano.

14.

Diseñar las políticas y los programas relacionados con el desarrollo del talento humano, su administración, evaluación del clima organizacional, estímulos e incentivos.

15.

Proponer las políticas, planes, programas y estrategias relacionadas con la administración, mantenimiento y control de los recursos físicos.

16.

Establecer y llevar los inventarios de bienes muebles e inmuebles en el ámbito nacional.

17.

Dirigir y administrar la contratación de los seguros institucionales para protección de sus bienes y operaciones.

18.

Ejercer la custodia, almacenaje y distribución de bienes muebles, de consumo y devolutivos necesarios para el normal funcionamiento.

19.

Asegurar la debida prestación de los servicios de vigilancia, aseo, mantenimiento y transporte, que se requieran para el adecuado funcionamiento de la Escuela.

20.

Mantener actualizados la información sobre las escrituras de los bienes inmuebles.

21.

Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia CAPITULO IV Organización Territorial

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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