Micelio

Artículo 2

Decreto 2293 de 1957 · Por el cual se hace una distribución parcial de la partida destinada para el sostenimiento de becas en el interior. y se cancelan otras

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Cancélanse las becas creadas por los Decretos números 0687 de abril 6 y 1152 bis de agosto 8 del corriente año, así: DIVISION DE BACHILLERATO En 9 meses, de febrero a octubre: Mensual: Total: 5 Becas para, estudiantes nativos de La Guajira, a $ 60.00 mensuales cada una $ 300.00 2.700,00 En 3 meses, de octubre a diciembre: 1 Beca en el Instituto Bolivariano de Cali 60.00 180.00 Suman las cancelaciones $ $ 2.830.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2293 de 1957