Micelio

Artículo 16

Reuniones

Decreto 481 de 1977 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Santa Marta, adoptados por el Acuerdo número 3-Bis de abril 9 de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Reuniones. La Junta Directiva se reunirá en el Municipio de Santa Marta, en forma ordinaria una vez al mes y extraordinariamente cuando sea convocada por su Presidente, el Gerente o 3 de sus miembros por lo menos. De manera ocasional y previa comunicación escrita que indique el lugar, podrá reunirse en sitio diferente.

Parágrafo 1

Cuando por alguna circunstancia, el Presidente de la Junta Directiva o su delegado no pueden concurrir a la sesión de que se trata, esta será presidida por un Vice-Presidente elegido por la Junta, o en su Defecto por el miembro que esta escoja para la respectiva reunión.

Parágrafo 2

A las reuniones de la Junta Directiva podrán concurrir los funcionarios de la Zona Franca que la misma Junta y el Gerente determinen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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