Art. 3. Siempre que una salina sea puesta en administración, la explotación de ella i la elaboración de la primera materia correrá a cargo de un empleado distinto de los que reciban i vendan la sal; o a cargo de particulares con quienes se hayan contratado dichas operaciones.
Ley 18660424 de 1866 →Vigente
Artículo 3
Ley 18660424 de 1866 · Organizando el impuesto i la renta de salinas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.