A la remisión de pliegos por la Junta Electoral es aplicable el artículo 144.
De los escrutinios que hacen los Consejos Escrutadores
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
A la remisión de pliegos por la Junta Electoral es aplicable el artículo 144.
De los escrutinios que hacen los Consejos Escrutadores
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.