Micelio

Artículo 19

Son Funciones De La Sección De Servicios Administrativos: A) Dirigir La Adecuada Administración Del Personal Que Presta Sus Servicios A La Superintendencia, En Coordinación Con La Secretaría General, La Comisión De Personal Y El Departamento Administrativo Del Servicio Civil, Según El Caso; B) Programar Planes Asistenciales Para El Personal De La Superintendencia, Conjuntamente Con La Corporación De Empleados De La Superintendencia De Sociedades Anónimas “corpoanónimas” Y Con Los Demás Organismos Competentes Del Estado, Particularmente Con La División De Bienestar Social Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil; C) Emitir Concepto Y Dar Las Informaciones Oficiales Necesarias Para Tramitar Las Solicitudes De Reconocimiento Y Pago De Prestaciones Sociales Del Personal Al Servicio De La Superintendencia; D) Elaborar Los Anteproyectos Y Adelantar Las Gestiones Que Fueren Necesarias Para La Adecuada Preparación Y Ejecución Presupuestal De La Entidad; E) Llevar La Contabilidad De La Superintendencia Y Rendir Las Cuentas Mensuales De Ingresos Y Egresos De La Misma; F) Registral Las Liquidaciones De Las Contribuciones De Las Sociedades, Recaudarlos Ingresos Correspondientes Y Expedir Los Certificados De Paz Y Salvo Por Dicho Concepto; G) Efectuar Los Pagos De Los Gastos Que Hayan Sido Autorizados, Llevar La Caja Menor Y Situar En Cada Una De Las Secciónales De La Superintendencia Las Partidas Necesarias Para Cubrir Sus Gastos De Caja Menor: H) Llevar El Registro De Las Sociedades Sometidas Al Control Y Vigilancia De La Superintendencia, Y I) Organizar Y Mantener La Normal Prestación De Los Servicios De Suministro, Duplicación Y Mecanografía, Archivo Y Correspondencia, Biblioteca Y Publicaciones, Aseo, Mantenimiento Y Demás Servicios Administrativos Necesarios Para La Buena Marcha De La Superintendencia

Decreto 3163 de 1968 · Por el cual se reorganiza la Superintendencia de sociedades anónimas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Son funciones de la sección de Servicios Administrativos

a)

Dirigir la adecuada administración del personal que presta sus servicios a la Superintendencia, en coordinación con la Secretaría General, la Comisión de Personal y el Departamento Administrativo del Servicio Civil, según el caso;

b)

Programar planes asistenciales para el personal de la Superintendencia, conjuntamente con la Corporación de empleados de la Superintendencia de Sociedades Anónimas “Corpoanónimas” y con los demás organismos competentes del Estado, particularmente con la División de Bienestar Social del Departamento Administrativo del Servicio Civil;

c)

Emitir concepto y dar las informaciones oficiales necesarias para tramitar las solicitudes de reconocimiento y pago de prestaciones sociales del personal al servicio de la Superintendencia;

d)

Elaborar los anteproyectos y adelantar las gestiones que fueren necesarias para la adecuada preparación y ejecución presupuestal de la entidad;

e)

Llevar la contabilidad de la Superintendencia y rendir las cuentas mensuales de ingresos y egresos de la misma;

f)

Registral las liquidaciones de las contribuciones de las sociedades, recaudarlos ingresos correspondientes y expedir los certificados de paz y salvo por dicho concepto;

g)

Efectuar los pagos de los gastos que hayan sido autorizados, llevar la caja menor y situar en cada una de las secciónales de la Superintendencia las partidas necesarias para cubrir sus gastos de Caja Menor:

h)

Llevar el registro de las sociedades sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia, y

i)

Organizar y mantener la normal prestación de los servicios de suministro, duplicación y mecanografía, archivo y correspondencia, biblioteca y publicaciones, aseo, mantenimiento y demás servicios administrativos necesarios para la buena marcha de la Superintendencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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