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Artículo 1

Ley 33 de 1979 · Por medio de la cual se aprueba el "Acta de prórroga del plazo de celebración de contratos de conformidad con el Protocolo sobre suministro de maquinaria y equipo a la República de Colombia de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, del 17 de marzo de 1975", firmada en Bogotá el 15 de marzo de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Apruébase el "Acta de prórroga del plazo de celebración de contratos de conformidad con el Protocolo sobre suministro de maquinaria y equipo a la República de Colombia de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, del 17 de marzo de 1975", firmada en Bogotá el 15 de marzo de 1979, cuyo texto es:

ACTA de prórroga del plazo de celebración de contratos de conformidad con el Protocolo sobre suministro de maquinaria y equipo a la República de Colombia de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, del 17 de marzo de 1975.

El Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, animados por el espíritu de promover las relaciones entre ambos Estados, acuerdan por intermedio de los representantes debidamente autorizados, lo siguiente:

1.

Prorrogar el plazo para la celebración de contratos, fijada en el artículo 1o. del protocolo, sobre suministro de maquinaria y equipo a la República de Colombia de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, de 17 de marzo de 1975, por el período de cinco (5) años, desde la fecha de entrada en vigor de la presente Acta.

2.

Las demás condiciones del mencionado protocolo permanecerán sin modificación.

3.

La presente Acta regirá desde el día 18 de marzo de 1979.

Hecha en Bogotá, el día 15 de marzo de 1979, en dos ejemplares de un mismo tenor, en idioma español y ruso respectivamente, ambos de igual validez.

En representación del Gobierno de la República de Colombia, (Fdo.) Diego Uribe Vargas, Ministro de Relaciones Exteriores.

En representación del Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, (Fdo.) Leonid Romanov, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario".

Rama Ejecutiva del Poder Público Presidencia de la República. Bogotá, D. E., abril 5 de 1979.

Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Relaciones Exteriores, Diego Uribe Vargas.

Es fiel copia del texto original del Acta de prórroga del plazo de celebración de contratos de conformidad con el Protocolo sobre suministro de maquinaria y equipo a la República de Colombia de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, del 17 de marzo de 1975", firmada en Bogotá el 15 de marzo de 1979.

El Jefe de la División de Asuntos Jurídicos, Humberto Ruiz Varela.

Bogotá, D. E., abril 5 de 1979.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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