° Para loa efectos postales, y desde la fecha del presente Decreto, divídese el territorio de la República en cinco Circunscripciones, así: Circunscripción del Centro, que comprende los Departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Huila y la Comisaría del Caquetá. Capital, Bogotá. Circunscripción de la Costa . Departamentos de Bolívar, Atlántico, Magdalena e Intendencia del Chocó. Capital, Barranquilla. Circunscripción del Noreste. Departamentos de Antioquia y Caldas. Capital, Medellín. Circunscripción del Sur. Departamentos de Nariño, Cauca y Valle e Intendencias del Putumayo y Arauca. Capital, Popayán. Circunscripción del Norte. Departamentos de Santander y Norte de Santander. Capital, Bucaramanga.
Decreto 585 de 1925 →Vigente
Artículo 1
Para Loa Efectos Postales, Y Desde La Fecha Del Presente Decreto, Divídese El Territorio De La República En Cinco Circunscripciones, Así: Circunscripción Del Centro, Que Comprende Los Departamentos De Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Huila Y La Comisaría Del Caquetá
Decreto 585 de 1925 · Por el cual se divide el territorio del país en cinco Circunscripciones Postales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.