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Artículo 1

Para Loa Efectos Postales, Y Desde La Fecha Del Presente Decreto, Divídese El Territorio De La República En Cinco Circunscripciones, Así: Circunscripción Del Centro, Que Comprende Los Departamentos De Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Huila Y La Comisaría Del Caquetá

Decreto 585 de 1925 · Por el cual se divide el territorio del país en cinco Circunscripciones Postales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para loa efectos postales, y desde la fecha del presente Decreto, divídese el territorio de la República en cinco Circunscripciones, así: Circunscripción del Centro, que comprende los Departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Tolima, Huila y la Comisaría del Caquetá. Capital, Bogotá. Circunscripción de la Costa . Departamentos de Bolívar, Atlántico, Magdalena e Intendencia del Chocó. Capital, Barranquilla. Circunscripción del Noreste. Departamentos de Antioquia y Caldas. Capital, Medellín. Circunscripción del Sur. Departamentos de Nariño, Cauca y Valle e Intendencias del Putumayo y Arauca. Capital, Popayán. Circunscripción del Norte. Departamentos de Santander y Norte de Santander. Capital, Bucaramanga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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