Micelio

Artículo 2

El Departamento Nacional De Higiene Nombrará Representantes Debidamente Instruídos Para La Práctica De La Viscerotomía

Decreto 1750 de 1934 · Por el cual se aprueba la Resolución número 139 del Departamento Nacional de Higiene

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

"Artículo 2°. El Departamento Nacional de Higiene nombrará representantes debidamente instruídos para la práctica de la viscerotomía. Estos representantes estarán obligados a informar a dicho Departamento sobre las muertes que ocurran en enfermedades de una duración menos de once (11) días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1750 de 1934