Micelio

Artículo 1

Decreto 1608 de 1916 · Por el cual se deroga el marcado con el número 1360 del presente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Derógase el Decreto número 1360, de fecha 8 de agosto último. Por el Jefe de la Oficina de Contabilidad de la Tesorería General de la República se pasarán, en lo sucesivo, a la Sección de Pensiones del Ministerio del Tesoro, las visitas mensuales de que trata ei Decreto que por éste se deroga.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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