Micelio

Artículo 5

Los Nombramientos Provisionales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, No Podrán Exceder De Cuatro (4) Meses Contados A Partir De La Fecha De La Posesión; Si Vencido Este Término Los Empleados No Han Sido Provistos Mediante Concurso, Los Nombrados Cesarán En Sus Funciones

Decreto 1386 de 1976 · Por el cual se hace la provisión de unos Empleos de la Planta de Personal de la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público Establecida por Decreto número 1296 de 30 de junio de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los nombramientos provisionales a que se refiere el artículo anterior, no podrán exceder de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de la posesión; si vencido este término los empleados no han sido provistos mediante concurso, los nombrados cesarán en sus funciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1386 de 1976