° Los nombramientos provisionales a que se refiere el artículo anterior, no podrán exceder de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha de la posesión; si vencido este término los empleados no han sido provistos mediante concurso, los nombrados cesarán en sus funciones.
Artículo 5
Los Nombramientos Provisionales A Que Se Refiere El Artículo Anterior, No Podrán Exceder De Cuatro (4) Meses Contados A Partir De La Fecha De La Posesión; Si Vencido Este Término Los Empleados No Han Sido Provistos Mediante Concurso, Los Nombrados Cesarán En Sus Funciones
Decreto 1386 de 1976 · Por el cual se hace la provisión de unos Empleos de la Planta de Personal de la Dirección General de Servicios Administrativos del Ministerio de Hacienda y Crédito Público Establecida por Decreto número 1296 de 30 de junio de 1976
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.