Micelio

Artículo 1

Ley 5 de 1948 · Por la cual se auxilia a los damnificados por los incendios ocurridos en el Municipio de Tocaima

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Destinase la suma de treinta mil pesos ($ 30.000) moneda corriente, como contribución de la Nación para auxiliar a los damnificados por los incendios ocurridos en la población de Tocaima, en los días 15 y 16 del mes de agosto de 1945.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 5 de 1948