El funcionario escalafonado que padeciere de enfermedad, sea ésta profesional o no, o de invalidez absoluta de carácter temporal pero prolongada, tendrá derecho a una licencia de larga duración en la forma prevista para los demás empleados públicos.
Decreto 1732 de 1960 →Vigente
Artículo 90
El Funcionario Escalafonado Que Padeciere De Enfermedad, Sea Ésta Profesional O No, O De Invalidez Absoluta De Carácter Temporal Pero Prolongada, Tendrá Derecho A Una Licencia De Larga Duración En La Forma Prevista Para Los Demás Empleados Públicos
Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.