Micelio

Artículo 337

Para Continuar La Construcción Del Edificio Para El Funcionamiento Del Instituto Geográfico De Colombia "agustín Codazzi", En Cumplimiento Del Decreto Legislativo 2608 De 3 De Agosto De 1950, En El Lote De La Ciudad Universitaria, De Que Trata El Contrato De Octubre 19 De 1950, Celebrado Entre El Gobierno Nacional Y La Universidad Nacional $ 140

Decreto 2751 de 1954 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración y Otros. CAPITULO 31 Catastro Nacional. C1e(a). Del artículo 337. Para continuar la construcción del edificio para el funcionamiento del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", en cumplimiento del Decreto legislativo 2608 de 3 de agosto de 1950, en el lote de la Ciudad Universitaria, de que trata el contrato de octubre 19 de 1950, celebrado entre el Gobierno Nacional y la Universidad Nacional $ 140.000.00 Suman los contracréditos $ 140.000.00 CAPITULO 31 Catastro Nacional. C1e (a). Al artículo 337-A. Para la construcción de un pabellón especial, para trabajos de cartografía, anexo al actual edificio del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi" 55.000.00 C1e(a). Al artículo 337 B. Para construcción en predios de la Ciudad Universitaria de Bogotá, de locales para servicios de almacenes, depósitos y talleres del Ministerio de Obras Públicas (Dirección General de Edificios Nacionales), en reemplazo de los utilizados por el Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi" 85.000.00 Suman los créditos $ 140.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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