Micelio

Artículo 5

Ley 63 de 1918 · Sobre Salinas Marítimas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El superintendente de las salinas tendrá la residencia habitual que le fije el Gobierno, y las siguientes funciones:

a)

Visitar. Por lo menos una vez al mes, cada uno de los almacenes de la Costa Atlántica, y una vez por trimestre al menos, los almacenes del Pacifico.

b)

Llevar la estadística de la producción, consumo y rendimiento pecuniario de cada salina, y de las ventas de cada almacén;

c)

Vigilar todas las operaciones de explotación de las salinas,

ch) las demás que le señalen las Leyes y los Decretos reglamentarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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