Acceso a incentivos, subsidios o apoyos estatales. Para efectos de acceder a los incentivos, subsidios o apoyos estatales que por su naturaleza son entregados de manera directa por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y sus entidades adscritas y vinculadas para el desarrollo de las actividades agropecuarias y rurales, las personas naturales o jurídicas interesadas deberán estar previamente registradas en la plataforma "Mi Registro Rural" y mantener actualizada la información de su cédula rural. En un plazo de seis (6) meses después de la entrada en vigencia del presente título, se exigirá el registro en la Plataforma "Mi Registro Rural" a los interesados en acceder a los incentivos, subsidios o apoyos estatales que por su naturaleza sean entregados de manera directa.
Decreto 1071 de 2015 →Vigente
Artículo 2.21.1.1.3
Acceso A Incentivos, Subsidios O Apoyos Estatales
Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.