º La autoridad nominadora procederá, conforme á las disposiciones legales vigentes, a designar el personal que debe ocupar los cargos; que se establecen en el presente Decreto. Los empleados que estando al servicio de la Dirección General de Impuestos Nacionales y de la Administración de Impuestos Nacionales de Bogotá, de la mencionada Dirección, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público fueren incorporados en la Planta de Personal que por esta norma se fija, no requerirán llenar otra formalidad para la posesión que la firma de acta respectiva.
Los actuales funcionarios que se incorporen a la Planta de Personal creada por el presente Decreto no se considerarán desvinculados del servicio para ningún efecto legal.