Micelio

Artículo 1

Decreto 1984 de 1943 · Por el cual se sustituye el artículo 9° del Decreto número 885 de 1942

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 9° (transitorio) del Decreto número. 885 de 1942, quedará así: "Mientras subsistan las actuales dificultades en los transportes internacionales, el Ministerio d&-Relaciones Exteriores podrá autorizar a cualquier Consulado de la Republica para ordenar ediciones limitadas de formularios para facturas, consulares, bajo la vigilancia del respectivo Agente Diplomático colombiano. El valor de la venta, de tales ediciones deberá girarse por el respectivo funcionario consular al Consulado General en Nueva York, una vez deducido el costo de cada edición."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1984 de 1943