Micelio

Artículo 424

Ley 106 de 1873 · Código Fiscal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 424. Los empleados nacionales de que trata este título podrán acumular a las dotaciones fijas i eventuales que del Tesoro de la Union deban percibir, los emolumentos i propinas que los particulares están obligados a satisfacerles por los servicios que les prestaren i que se dejan indicados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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