Micelio

Artículo 2

Decreto 728 de 1969 · Por el cual se reglamenta la Ley 65 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Aporte inicial del Gobierno Nacional al Fondo de Regulación de Precios del Banano. El aporte inicial del Gobierno Nacional al Fondo de Regulación de Precios del Banano será la suma de cinco millones de pesos (S 5.000.000.00), y se hará por conducto del Fondo de Fomento Agropecuario, unidad de financiamiento dependiente del Ministerio, de Agricultura, dentro del término señalado en el artículo anterior para que la Junta inicie su funcionamiento.

Parágrafo

El saldo que el Gobierno Nacional debe hacer al Fondo de Regulación de Precios del Banano se incluirá en posteriores apropiaciones presupuéstales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 728 de 1969