Micelio

Artículo 2.2.9.1.10

Suspensión De Órdenes De Captura

Decreto 1069 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Suspensión de órdenes de captura. Una vez definidas las zonas y fechas de reunión, el Ministerio de Justicia y del Derecho remitirá el listado de los miembros admitidos en el proceso de sujeción colectiva al Consejo de Seguridad Nacional, quien solicitará a la Fiscalía General de la Nación la suspensión de las órdenes de captura expedidas o que hayan de expedirse en contra de dichas personas.

La suspensión de las órdenes de captura tendrá aplicación exclusiva en las zonas de reunión y en los corredores de seguridad fijados para el desplazamiento a ellas.

Parágrafo

La Policía Nacional, a través de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol, procederá a actualizar la base de datos de órdenes de captura y registrará la suspensión de la misma dispuesta por la Fiscalía General de la Nación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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