°. La solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado deberá contener la siguiente información
Nombres y apellidos completos del interesado y de sus beneficiarios, en los términos del artículo 18 del presente decreto;
Fotocopia del pasaporte y documento de identidad del país de origen o de residencia habitual. En caso de que el solicitante no pueda presentar alguno de esos documentos, se recibirá declaración bajo la gravedad del juramento sobre su identidad;
Fecha y forma de ingreso al país, dirección y número telefónico donde pueda ser localizado;
Relato pormenorizado de los hechos en los cuales apoya su solicitud;
Relato de documentos que acompañan la solicitud, cuando fuere el caso;
Fotografía reciente;
Firma del interesado.
En caso de ser requerida información adicional, el Secretario de la Comisión Asesora solicitará al interesado la información pertinente. CAPITULO III De la autorización y expedición del salvoconducto para permanecer en el territorio nacional