Micelio

Artículo 82

Ley 83 de 1946 · Orgánica de la defensa del niño

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las diligencias que hayan de sustituirse con motivo de la petición de alimentos, o de investigación de la paternidad, las partes pueden estar presentadas por abogados inscritos en el Juzgado.

Los intereses del menor serán defendidos por el Promotor-Curador de Menores, en caso de que éste no se hallare representado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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