Son funciones de los gerentes de las Oficinas Seccionales
Dirigir, organizar y vigilar los servicios y demás actividades de la seccional, con arreglo a las normas y finalidades de los seguros sociales, y a la política que en .materia de seguridad social señalen el gobierno y el Consejo Directivo;
Ejecutar las decisiones del Consejo Directivo, del Director General y de la Junta Administradora de la Seccional;
Nombrar, trasladar, promover y remover el personal de la seccional, cuando el Director General le delegue esta función;
Administrar los fondos y ordenar los gastos, conforme a los actos de delegación del Gerente;
Adjudicar y suscribir contratos cuando el Director General le delegue esta función, con sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias que rigen para el Instituto;
Delegar en otros funcionarios de la seccional las funciones que autoricen el Consejo Directivo y el Director General, de acuerdo con los reglamentos;
Presentar a la Junta Administradora los informes, balances y las cuentas de cada ejercicio contable;
Remitir a la administración nacional del Instituto, dentro de los términos y demás formas reglamentarias, los aportes recaudados por concepto de los seguros de accidente de trabajo, enfermedades profesionales, y de invalidez, vejez y muerte;
Velar por el recaudo de las cotizaciones obrero-patronales y demás ingresos, y
Las demás que le delegue el Consejo Directivo y el Director General,