Cuando en el proceso de intervención se haya adoptado la medida de toma de posesión sobre una persona que no cumpla con la hipótesis de negocio en marcha o se haya ordenado como medida la liquidación judicial, y el proceso se haya iniciado después del 1 de enero de 2018, el interventor deberá llevar la contabilidad bajo el nuevo marco normativo adicionado en el Decreto 2101 de 2016 y, en consecuencia, deberá remitir la información cuatrimestral, en la forma y términos dispuestos en la Circular 100-000004 de 26 de septiembre de 2018.
Artículo 23.2.3
Circular 100-000014 de 2021 · Circular 100-000014 de 13 de agosto de 2021
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.