Los Agentes Alumnos al ser incorporados a la escuela. de formación respectiva, tendrán derecho a recibir una asignación mensual durante el tiempo de sus estudios, igual al cincuenta por ciento (50%) de la asignación básica de un Agente en actividad; Igualmente tendrán derecho a la Prima de Subsidio Familiar si fueren casados y a la Prima de Navidad si fuere el caso. La diferencia entre la asignación del Agente y lo que reciben los Agentes alumnos durante el período de formación profesional, será destinada al pago de alimentación, lavado y peluquería, descuentos para la Caja de Sueldos de Retiro y demás gastos que demande la institución
Con los fondos a que se refiere el inciso 2º de este artículo, se elaborará por la Dirección General de la Policía un presupuesto anual de funcionamiento e inversión con aprobación del Ministerio de Defensa Nacional y fiscalización de la Contraloría General de la República.