Micelio

Artículo 1

º

Decreto 2869 de 2001 · por el cual se modifica el artículo 1º del Decreto número 2594 de 2000, el cual modificó el literal d) del numeral 2 del artículo 2º del Decreto número 1046 de 2000.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Modifícase el literal d) del numeral 2º del artículo 2º del Decreto 1046 de 2000, el cual quedará así: "d) La diferencia entre el equivalente en dólares del 48.55% de las Unidades de Cuenta BID y la suma en dólares de los activos que recibe la Nación en virtud de los literales a), b) y c) del presente artículo mediante pago por instalamento que deberán efectuar en cuotas iguales semestrales que se amortizarán desde junio 20 de 2002 y hasta diciembre 20 de 2005. Para el efecto, la suma en dólares de los Estados Unidos de América establecida en el acuerdo de pago suscrito por Isagén S.A. E.S.P. con la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público se convertirá a Unidades de Cuenta, utilizando para ello el factor de conversión que determine el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, para el 31 de diciembre de 2001."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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