Destinación de Recursos. De conformidad con lo establecido en el artículo 6° del Decreto 2111 de 1992, los recursos producto de las enajenaciones que se realicen se destinarán, en primer lugar, a reembolsar los aportes presupuestales que hubiere hecho la Nación, y el remanente se transferirá al Fondo de Cofinanciación para la Inversión Social.
Decreto 1125 de 1993 →Vigente
Artículo 18
Destinación De Recursos
Decreto 1125 de 1993 · por el cual se establece el procedimiento de liquidación de los Establecimientos Públicos que operan las Zonas Francas Industriales y Comerciales de Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, Palmaseca, Buenaventura, Cúcuta, Rionegro y Urabá.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.