Micelio

Artículo 2

Ley 18 de 1882 · Por la cual se concede una pensión a la señora Clementina Santander de Freyre

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° La señora Santander de Freyre gozará de esta pensión desde la fecha de la sanción de la presente ley y por todo el tiempo que permaneciere en estado de viudez; y a su muerte pasará dicha pensión, por iguales partes, i sus hijos legítimos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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