Micelio

Artículo 5

Ley 57 de 1944 · Por la cual se crean nuevas plazas de Magistrados para la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta ley regirá desde su sanción, y el gasto que demande su vigencia se considerara incluido en los respectivos presupuestos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 57 de 1944