Las Entidades Señaladas En El Artículo 3° Del Presente Decreto, Elaborarán Anualmente El Programa General De Compras De Los Bienes Muebles Que Requieran Para Su Funcionamiento Y Organización, De Conformidad Con El Artículo 137 Del Decreto Extraordinario 222 De 1983 Y El Decreto 751 De 1984, Observando Los Criterios De Austeridad Establecidos En El Decreto 750 De 1984
Decreto 3720 de 1986 · por el cual se liquida y expide el presupuesto de los establecimientos públicos nacionales para la vigencia fiscal de 1987.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las entidades señaladas en el artículo 3° del presente Decreto, elaborarán anualmente el programa general de compras de los bienes muebles que requieran para su funcionamiento y organización, de conformidad con el artículo 137 del Decreto extraordinario 222 de 1983 y el Decreto 751 de 1984, observando los criterios de austeridad establecidos en el Decreto 750 de 1984.
Parágrafo
El incumplimiento de lo ordenado en el presente artículo, será motivo para que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección General del Presupuesto- se abstenga de acordar las apropiaciones asignadas en el Presupuesto Nacional relacionadas con el plan general de compras, sin perjuicio de las acciones a que hubiere lugar dé conformidad con las disposiciones legales vigentes.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.